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ARQUITECTOS DE LEON

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Resulta que he heredado una casa vieja y ahora me dicen que el Ayuntamiento puede declararla en ruina ¿pueden hacerlo?

Pueden

¿Y qué consecuencias tiene? Pues varias, algunas bastante pintorescas y otras bastantes costosas.

¿Te quedas y te  lo contamos?

¿ES UN CHOLLO O UN POLLO?

¿Cuándo puede declarar un Ayuntamiento la ruina de un inmueble?

El Ayuntamiento puede declarar la ruina total o parcial de un inmueble, cuando el coste de las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones adecuadas de seguridad y estabilidad exceda del límite del deber legal de conservación que, como vimos ayer para entendernos, sería la mitad de lo que costaría ejecutar un edificio nuevo exactamente igual que el nuestro descontándole el valor del suelo.

¿Quién puede solicitar la declaración de ruina de un edificio ante el Ayuntamiento?

Se puede producir "de oficio" por el propio Ayuntamiento o a instancias de cualquier interesado (vecino colindante, junta vecinal, comunidades próximas, etc).

Antes de declarar mi edificio en ruina me avisarán ¿no?

La declaración de ruina, independientemente de quien la solicite, se tramitará previa audiencia con el propietario, los ocupantes y los demás titulares de derechos (por ejemplo usufructuarios), así como a la Administración competente en materia de Patrimonio Histórico.

¿Y qué dice una declaración de ruina?

Pues detallará las medidas necesarias para asegurar la integridad física de las personas y los plazos para la rehabilitación o demolición del inmueble, salvo que se trate de un inmueble catalogado como Monumento o de otros elementos catalogados por el planeamiento, en cuyo caso solo procederán obras de conservación o rehabilitación.

¿Y qué ocurre si no cumplo con los plazos detallados en la declaración de ruina?

Pues que si no cumples los plazos el Ayuntamiento tiene tres opciones:

  • Proceder a la ejecución de la obra y después cobrártela
  • Resolver la venta forzosa del inmueble (te quedas sin él)
  • En el caso de peligro inmediato la declaración de Ruina Inminente.

Mañana explicaremos que implica la declaración de Ruina Inminente y que medidas se toman en ese caso. Hasta entonces, si te ha interesado todo esto te animamos a seguirnos a través de Facebook o Twitter en donde seguiremos hablando de muchas más cosas, y si lo que quieres es consultarnos tu caso concreto te atenderemos encantados en

consultas@arquitectosdeleon.com

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CARLOS ANTA ARIAS Y ROSARIO GARCIA ARIAS. ARQUITECTOS

PONFERRADA                      LA BAÑEZA                       LEON